única en España
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MARCAS
Marcas Nacionales
Actualmente el registro de una Marca® en España se rige por la Ley 17/2001, de 7 de diciembre de Marcas y por su Real Decreto 687/2002, de 12 de julio.
Una Marca® es un signo que permite diferenciar los productos o servicios de una empresa de los de las demás. Por lo general, las marcas pueden consistir en :
palabras, letras, números, dibujos, fotos, formas, colores, logotipos, etiquetas, o combinación de estos elementos.
Que se empleen para diferenciar productos o servicios. En algunos países, los lemas publicitarios también se consideran marcas y se pueden registrar como tales en las oficinas nacionales de marcas. Asimismo, cada vez son más los países que permiten el registro de formas menos tradicionales de marcas, tales como los colores únicos, los rasgos tridimensionales (por ejemplo, la forma de un producto o su embalaje), los signos sonoros (sonidos), y los signos olfativos (olores).
Sin embargo, muchos países han puesto límites a aquello que puede ser registrado como marca y por lo general admiten únicamente los signos que se aprecien visualmente o que puedan ser representados gráficamente.
Etapas del procedimiento
De inmediato
Duración 60 días
Duración 90/120 días
Vigilancia diaria